martes, 24 de junio de 2008

FINANCIACION LOCAL

CAMBIAR LA HISTORIA

De tanto repetirlo es muy probable que incluso los menos avezados, sepan que la Administración Local española en su conjunto tiene garantizada su autonomía política y financiera por la propia Constitución, según establecen los artículos 140 y 142.

Artículo 140 “La Constitución garantiza la autonomía de los Municipios.”

Artículo 142 “Las Haciendas Locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.”

“Deberán disponer de los medios suficientes” dice la Constitución y la historia, o lo que en este caso es lo mismo, la realidad, incluida la de los últimos treinta años, pone de manifiesto lo que viene siendo el día a día de las Haciendas Locales españolas desde que adquieren el carácter de Hacienda eminentemente fiscal a mediados del siglo XIX y que no es más que la crónica de instituciones afectadas por una endémica insuficiencia financiera. Situación que en los últimos años se fue agravando hasta niveles que ya no se soportan, al asumir los municipios las llamadas “competencias impropias”, que inevitablemente generan gastos y no están cubiertas con el correspondiente ingreso, de las que los beneficiarios de los servicios desconocen el mecanismo que les permite el disfrute de los mismos y la clase política, que sí lo conocen, hasta la fecha siempre ha tenido otras prioridades.

Según se recoge en la Exposición de Motivos de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, “muchas han sido las reformas legislativas que han intentado poner fin a esta situación”. Curiosamente la aprobación de la citada Ley 39/1988 pretendía poner fin, como también se deduce de esa Exposición de Motivos, al último de los sucesivos fracasos de cuantas reformas han jalonado la evolución histórica de la Hacienda Local española, cual fue la Ley 41/1975 y sus posteriores instrumentos de desarrollo y acabar así con el largo período de transitoriedad de la actividad financiera local.

No es motivo de este comentario analizar la que fue primera Ley sobre financiación local de la era constitucional, la Ley 39/1988. Tan sólo apuntar que nace como intento serio de poner fin a una situación improvisada y a los sucesivos fracasos anteriores. Sin duda que supuso un importante cambio en la vida financiera local en aquel momento. Cuestión diferente es que alcanzara el éxito que se anunciaba iba a suponer y a pesar del avance experimentado, de nuevo la prioridad política la situó algunos peldaños por debajo de lo necesario y una vez más la Hacienda Local española siguió instalada en la endémica insuficiencia financiera. Lo que vino después de esta Ley se podría calificar de más de lo mismo, con excepciones de efectos especialmente negativos para las arcas locales como la supresión, con efectos de 2003, del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y actuaciones puntuales encaminadas a corregir los efectos negativos previamente provocados, que si bien es de reconocer su efecto positivo, poco significan a la hora de abordar el fondo de la cuestión.

Así las cosas volvemos a estar como al principio: la buena intención del mandato constitucional de “deberán disponer de los medios suficientes”, se queda sólo en eso, en la buena intención. La realidad es que la Administración Local española en su conjunto, siendo instrumento fundamental para llevar a cabo el cambio profundo que se ha producido en el país en los últimos años, y para mantener en beneficio de la sociedad del bienestar lo conseguido, siendo además la Administración mejor valorada por el conjunto de la ciudadanía, está al borde de la asfixia económica, cada vez con más dificultades para hacer lo que mejor sabe y todos queremos que haga: facilitar la vida de los vecinos y es definitivamente incapaz de soportar más aplazamientos.

Si convenimos que son objetivos básicos de la gestión política fomentar la convivencia, alcanzar la justicia social y hacer de nuestros pueblos y ciudades lugares con calidad para vivir en libertad, hemos de convenir que para que todo esto sea cierto y se confirme por tanto la coherencia política, en lo que a financiación local se refiere llegó el momento de cambiar la historia.

Consolidado el desarrollo de las Autonomías que establece la Constitución Española, parece que varios años después ya es la hora de dar cumplimiento a lo que también la Constitución establece para la Administración Local en los artículos 140 y 142.

Hay razones suficientes, expuestas con profusión, para que en la dinámica socio-política del Estado, tenga cabida con prioridad o en cualquier caso de igual a igual, la históricamente aplazada financiación local. Así lo reclama el máximo órgano de representación de los entes locales, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) avalando sus argumentos con un magnífico documento de reciente publicación en el que se recogen el Presente y Propuestas de Futuro de la Financiación Local. Por si esto fuera poco lo avala la realidad de cada municipio, desde el más pequeño al de mayor tamaño, lo avalan sus habitantes con el aprecio por la Administración más próxima, lo avalan los resultados, la historia y el sentido común.

La revisión de los Estatutos de Autonomía, con la tan debatida financiación autonómica, o el escepticismo que se deriva del momento económico, no parecen argumentos suficientes para volver a aplazar lo inaplazable.

Debemos considerar la financiación local con la dimensión que en realidad tiene, que no es otra, a mí juicio, que una medida a nivel del Estado. Ello requiere una respuesta acorde con la dimensión del problema planteado y ésta debe ser la de un gran pacto de todas las fuerzas políticas para abordar, dentro del mayor grado de consenso, una solución que a todos afecta y a todos beneficia.

En esa dirección se han producido movimientos importantes que invitan al optimismo:

Por una parte, el compromiso adquirido con la financiación local por el Presidente del Gobierno en su discurso de investidura el pasado nueve de marzo.
En línea con lo anterior, el Pleno del Senado, la Cámara Territorial, aprobó por amplísima mayoría en sesión plenaria del pasado diez de junio, una moción del Grupo Parlamentario Socialista por la que se “insta al Gobierno a impulsar un gran acuerdo político que, dirigido al fortalecimiento de los servicios públicos locales, avance en una reforma más estructurada del sistema de financiación local. Reforma que, vinculada a la del sistema general de financiación autonómica y dirigida a profundizar en la consecución de una financiación suficiente de tales servicios públicos, sirva de base para la aprobación de una nueva Ley de Financiación en este ámbito”.

Por otra parte el Congreso Regional de la Federación Socialista Asturiana aprobó por unanimidad la propuesta de incorporación a la Ponencia Marco del 37 Congreso Federal del PSOE de un texto que recoge un contenido similar a la propuesta aprobada por el Senado.

Parece que por fin estamos en el camino. Hagámoslo andando juntos para conseguir cambiar la historia. Merece la pena.

José Manuel Cuervo Fernández
Senador por Asturias
Grupo Parlamentario Socialista

2 comentarios:

Daniel dijo...

Hola Jose Manuel, me alegro mucho de "verte". Espero que te vaya muy bien. Saludos.

Anónimo dijo...

Hola José Manuel,

Veo en el Comercio de Gijón que organizáis encuentros de antiguos alumnos de Corias a los que me gustaría asistir. Yo viví en Cangas toda mi infancia, estudié en Corias el bachiller elemental, los años 1960 a 1965. Guardo grato recuerdo y agradecimiento al padre Basilio, y a todos los profesores de la época, Lastra, Eutimio, etc. Me gustaría asistir a la próxima reunión y también inaugurar el nuevo Parador Nacional.

Desde Madrid
Un abrazo
Miguel.oliva@telefonica.net